martes 22 de julio de 2008

Arbitrariedad legal


Desde el inicio de este segundo gobierno de García, los peruanos hemos podido notar un creciente interés por evitar los enfrentamientos sociales. Ello resulta lógico para cualquier gobierno y desde luego, para cualquier mandatario, la cuestión es ¿cómo? El asunto, en este sentido, está tornándose más turbio de lo que pensábamos y ello queda evidenciado con la nueva ley que regula el uso de la fuerza.

Si un mandatario desea evitar los enfrentamientos sociales, la respuesta lógica debiera ser, evitar el motor que los propicia. En ese sentido, los programas sociales, las políticas públicas, el fortalecimiento de las instituciones, etc. son mecanismos que pueden actuar positivamente para alcanzar el propósito deseado. Ahora bien, ¿qué ha hecho este gobierno? Optar por otro caminito que parece un atajo (puede llegar más rápido al objetivo, aunque tampoco sea necesariamente así), pero que viola abiertamente nuestras libertades y por tanto, nuestros derechos como ciudadanos.

Para el Ministro de Defensa, Ántero Flóres Aráoz la cuestión es bastante simple pues se trata de defender y proteger a 29 millones de peruanos. Sin embargo, no se da cuenta el señor Ministro que esa defensa antes de ser legal, atropella. ¿Y la defensa de los derechos de aquellos que protestan? ¿A ellos sí se les puede atropellar?

Aquí no estamos justificando las protestas violentas, ojo, sino legitimando la protesta como una expresión del sentir popular que no debe ser vetada. Claro, el Ministro podría decirme “pero Laura, nadie está negando la legitimidad de la protesta, ni se está prohibiendo las manifestaciones”; y entonces yo le contestaría, “¿acaso permitir la utilización de armas letales y no letales en lugares no declarados en emergencia no es una manera de amenazar? Ni que fuéramos idiotas, ¡ninguno de los que protestamos queremos morir!”.

¿Qué es lo que ocurre con esta ley? Bueno pues, para comenzar es inconstitucional puesto que en el artículo 137 de la Constitución solo se autoriza que las Fuerzas Armadas intervengan a fin de lograr el control de orden interno, en casos de estado de emergencia. Ello por un lado, por otra parte, hay un asunto muy preocupante también pues no se especifica quién tiene la responsabilidad política en el momento en que tal o cual miembro de las fuerzas del orden dispare el arma. ¿Qué quiere decir esto? Que todo queda bajo el criterio de…¡cualquiera!

Respecto a este segundo asunto polémico debemos mencionar dos cosas. Por un lado, esta norma es bastante controversial puesto que no sanciona la arbitrariedad de la utilización de la fuerza, ergo, eso de “regular el uso de la fuerza” es puro rótulo sin fondo. ¿A quién se defiende o protege con esta norma? Hasta donde tenía entendido, los que protestan también son ciudadanos.

Por otro lado, es preciso mencionar que tampoco se trata de satanizar a las Fuerzas Armadas ni policiales puesto que se trata de personas que se la juegan por el país a diario y por lo mismo deben ser muy respetados. Sin embargo, en situaciones críticas como las movilizaciones los nervios por tratar de controlar las turbas pueden jugar una mala pasada y llevarlos a tomar acciones precipitadas. Esta nueva ley las justifica, de algún modo, y evita su sanción. Ojo con eso.

Se trata pues de una ley no solo controversial sino perjudicial puesto que es antes una justificación de la represión que la búsqueda de protección ciudadana. La protección no solo debe darse durante las manifestaciones, sino en todo momento. El respeto de los Derechos Humanos de cada uno de los ciudadanos peruanos, es parte de esa protección que no solo el Ministerio de Defensa, sino todos (y el gobierno en general), debe brindar. ¿Se está avanzando por el camino correcto?

Muy por el contrario, parece que estuviéramos retrocediendo todo lo avanzado durante varios años de lucha constante por ser un país democrático más respetuoso con nosotros mismos. El Perú avanza, ¿hacia atrás?

2 comentarios:

Alfredo P. dijo...

vaya! tanto escándalo por una norma que sólo reglamenta el necesario y legítimo uso de la fuerza por parte del Estado en casos de desmanes y disturbios.
Eso sí, en la última paralización -promovida y aplaudida por la autora de este blog- murió una madre desangrada en una ambulancia porque a los salvajes que bloqueaban la carretera no les dio la gana de dar paso a la ambulancia (ojo, es un delito bloquear carreteras)y frente a este atentado a los DD.HH ahí sí que no dice nada.
Si hubieran habido policías o soldados que despejen el camino, tal vez la vida de esta mujer se hubiera salvado.
Ojo, los DD.HH no son sólo para usarlos contra el Estado.

Laura Arroyo Gárate dijo...

Hola Alfredo:
es exactamente lo que dices. No se trata de DDHH solo para algunos, sino para todos, tanto para quienes protestan (tema que no le importa a esta ley de regulación dle uso de la fuerza) como para quienes pueden resultar perjudicados por las manifestaciones.

Nadie en este blog ha defendido en ningún momento ni el bloqueo de carreteras ni los desmanes contra la propiedad privada ni los derechos de quienes no se unen a las movilizaciones. Por el contrario, se condena estos hechos pero no por ello la norma promulgada se hace buena per sé.

Se trata de ser equitativos y consecuentes, haciéndose respetar y respetando a los demás.

Saludos y gracias por el comentario.